Ordenanzas
Puedo hacer ordenanzas por mi cuñada, ella falleció hace dos años, no tiene ningún familia, su esposo falleció hace cinco años. ¿ Que puedo hacer ?
Mejor Respuesta
-
Estimado Manuel,
Su cuñada no es su familia inmediata y podria entrar en categoria de amigos. Aquí hay un artículo que describirá lo que debe hacer para solicitar la realización de las ordenanzas del templo para un amigo.
¿Puedo solicitar las ordenanzas del templo por medio de representante a favor de un amigo?
Article Id: 1855/20 de abril de 2020
La Primera Presidencia declaró en una carta del 29 de febrero de 2012: "Nuestra obligación preeminente es buscar e identificar a nuestros propios antepasados. Las personas cuyos nombres se envían para las ordenanzas vicarias del templo deben tener parentesco común con el remitente."
Es obligatorio enviar un permiso firmado por un pariente con vida cercano de su amigo. Entonces se le permite solicitar las ordenanzas del templo de un amigo con quien usted no tenga parentesco común.
Un pariente con vida cercano es un cónyuge no divorciado (el cónyuge con quien la persona estaba casada en el momento de la defunción), un hijo adulto, un padre/madre, un hermano, o una hermana.
Antes de comenzar
Asegúrese de tener permiso escrito y firmado de uno de los parientes con vida cercanos de su amigo. No podemos aceptar permiso escrito y firmado de usted mismo o de su amigo fallecido, es obligatorio que este sea del pariente con vida más cercano.
Redacte de esta manera el permiso escrito:
Yo, (nombre de la persona que da el permiso), doy a (su nombre) permiso para efectuar la obra del templo en un templo de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, de parte de (nombre del fallecido), quien es mi (parentesco con la persona que da el permiso).(Firma de la persona que da el permiso)
Si su amigo fallecido no tiene parientes con vida cercanos que puedan dar su permiso escrito, no se puede conceder la solicitud
Pasos
- Agregue al Árbol Familiar a su amigo fallecido. Para recibir ayuda para hacerlo, consulte el artículo relacionado a continuación, titulado: ¿Cómo agrego al Árbol Familiar a una persona que no está conectada a mi familia?
- Anote en el Árbol Familiar el número de identificación de su amigo.
- Para solicitar las ordenanzas, comuníquese con FamilySearch. Prepárese para proporcionar esta información:
- El número de identificación del Árbol Familiar de la persona para quien desea efectuar la ordenanza.
- El nombre completo de la persona para quien desea efectuar la ordenanza.
- Su parentesco con ella
Estos Artículos relacionados, le podrian servir si los revisa:
Personas de parte de quienes se me permite solicitar las ordenanzas del templo
Efectuar la obra del templo de personas que no tienen parentesco conmigo
Esperamos haberle contestado a su pregunta.
0
Respuestas
-
Muchas gracias
1 -
Estimado Manuel
Sobre su pregunta si puede hacer las ordenanzas por su cuñada fallecida le podría brindar ayuda de esta manera, me voy a comunicar con usted por privado para que me brinde algunos datos y verificar si la Tenes agregada al árbol tuyo, sino programaremos una cita para ayudarte mejor en tu pregunta
espero que estos datos que te proporciono te puedan ayudar te hago envió de algunos archivos para tu preguntas y que te saques las dudas.
estamos para ayudarte en lo que necesites y no dudes en siempre hacer preguntas en la comunidad de FamilySearch
Saludos.
Solicitar permiso del familiar vivo más cercano
Article Id: 2354
20 de abril de 2020
Antes de que puedas efectuar las ordenanzas en favor de una persona fallecida que haya nacido en los últimos 110 años, debes cumplir con los requisitos que aparecen a continuación.
- La persona debe haber fallecido hace al menos un año y un día.
- Debes ser uno de los familiares más cercanos con vida o debes obtener el permiso de uno de ellos.
- Si no eres el cónyuge, hijo, progenitor o hermano de la persona fallecida, obtén el permiso de los parientes con vida más cercanos antes de efectuar las ordenanzas.
- Los parientes vivos más cercanos son un cónyuge, si no se han divorciado (es decir, el cónyuge con quien estaba casada la persona antes de morir), un hijo adulto, el padre o la madre, un hermano o una hermana.
- Haber recibido permiso de la persona fallecida para efectuar su obra del templo antes de su fallecimiento no califica como obtener permiso del pariente vivo más cercano.
Nota: Asegúrate de que estés vinculado con la persona fallecida en Árbol Familiar para mostrar y confirmar tu parentesco con esa persona.
Este es un ejemplo de cómo comunicarse con los parientes que no son miembros de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días para solicitar permiso:
Soy miembro de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días. Estoy solicitando su autorización para enviar el nombre de (insertar el nombre de persona) al templo. En el templo, efectuamos ordenanzas sagradas por nuestros seres queridos que han fallecido. Esto constituiría mi regalo para (él o ella) y sería un honor para mí. Respetaré lo que usted diga y no guardaré ningún rencor si usted se rehúsa.
Recuerda: Ten en cuenta y respeta los deseos de los parientes con vida cercanos, en especial los de un cónyuge con vida y acepta la respuesta que recibas.
0 -
Hola Manuel Garcia Martinez Buenas tardes
Si puede hacer las ordenanzas de su cuñada que falleció hace dos años.
esta es la forma de solicitar ordenanzas con personas como su cuñada que no tiene parentesco
Si la persona no tiene parientes cercanos vivos que puedan dar permiso, aún puedes pedir permiso para efectuar las ordenanzas. Te rogamos que te prepares para proporcionar evidencia de que todos los parientes cercanos han fallecido.
0